MyInvestor en la Renta 2025: qué envía a Hacienda y qué no
MyInvestor informa a Hacienda de casi todo, pero no de todo. Qué revisar en el borrador: informe fiscal, fondos, acciones, ETFs, Modelo 720 y FIFO multibróker.
MyInvestor es una entidad española, así que informa a Hacienda de tus intereses, dividendos, ventas y reembolsos, y todo eso te llega precargado en el borrador de la Renta. Retiene el 19 % en intereses, dividendos y reembolsos de fondos, pero no al vender acciones o ETFs: esa ganancia la pagas entera en la Renta. Lo que no hace por ti es cuadrar el FIFO con tus otros brokers, comprobar la deducción por dividendos extranjeros (casilla 0588) ni meter tus pérdidas de años anteriores.
Ese reporte automático hace que mucha gente acepte el borrador sin revisar. "MyInvestor lo envía todo, no tengo que hacer nada." No es así de simple. El borrador cubre bien ciertas cosas pero deja agujeros, especialmente si tienes inversiones también en otros brokers, si cobraste dividendos extranjeros, o si este año has hecho reembolsos de fondos con lotes antiguos.
Esta guía cubre los 4 productos de MyInvestor en la Renta 2025 (campaña Renta 2026, 8 abril – 30 junio de 2026): fondos de inversión, acciones, ETFs y planes de pensiones. Te explica qué declara MyInvestor por ti, qué tienes que añadir, las casillas exactas del Modelo 100, y un caso frecuente que casi nadie cubre: qué pasa cuando tienes el mismo activo en MyInvestor y otro broker.
Lo primero: MyInvestor es broker español (implica mucho)
A diferencia de DEGIRO, Trade Republic con IBAN alemán, Interactive Brokers o Trading 212, MyInvestor es un broker español. Tiene licencia bancaria española y cumple las mismas obligaciones que un BBVA o un Santander con la AEAT.
Esto significa, concretamente:
- MyInvestor informa automáticamente de tus operaciones a Hacienda. Todo aparece en el borrador de la Renta.
- Aplica retención del 19 % directamente sobre los intereses de la cuenta, los dividendos y la ganancia al reembolsar fondos de inversión. Al vender acciones o ETFs no retiene: las acciones no están entre las ganancias sujetas a retención y los ETF quedan excluidos expresamente (art. 75.1.d y 75.3.j del Reglamento del IRPF). La retención es "a cuenta" del impuesto final: en la Renta se liquida la diferencia según el tramo real de la base del ahorro (19 % hasta 6.000 €, escalando hasta 30 % por encima de 300.000 €).
- Te entrega el informe fiscal anual (disponible en "Mis Documentos" → "Otros") durante el mes de abril, antes o al inicio de la campaña Renta.
- En términos generales, no tienes que presentar Modelo 720 por los activos que custodia MyInvestor, porque MyInvestor actúa como intermediario español frente a la AEAT. Si tienes activos en el extranjero en otros brokers que superen 50.000 €, esos sí pueden generar obligación 720; conviene verificarlo caso por caso.
Consecuencia práctica: la base de tu declaración ya viene hecha. Pero "base hecha" no es "declaración completa". Sigue habiendo cosas que tienes que revisar o añadir.
Cómo descargar tu informe fiscal de MyInvestor
Antes de tocar el borrador, descarga el Informe Fiscal Anual de MyInvestor. Lo necesitas para cruzar datos y detectar omisiones.
- Entra en tu cuenta MyInvestor (web, no app).
- Ve a "Mis Documentos" → "Otros".
- Busca el archivo llamado "Información Fiscal 2025" o similar. Es un PDF que agrupa todas las retribuciones, ganancias patrimoniales y retenciones del año.
- Descárgalo y tenlo a mano al revisar el borrador.
Adicionalmente, si tienes acciones o ETFs con compras en varios momentos, te conviene descargar los FIFOS Vivos desde Inversis (el depositario de MyInvestor):
- Accede a Inversis-MyInvestor (ruta desde la ayuda oficial de MyInvestor): Cuentas → Saldos productos inversión → Renta variable y ETFs → Consulta FIFOS Vivos (icono "i" al lado de cada valor).
- Verás el detalle de cada lote con fecha de compra y precio. Útil para verificar el FIFO cuando el informe fiscal te da un agregado.
Qué declara MyInvestor automáticamente (y por tanto ya está en el borrador)
Por ser broker español, MyInvestor vuelca automáticamente a la AEAT:
- Intereses de la cuenta remunerada (con retención del 19 % aplicada).
- Dividendos cobrados de acciones y ETFs de reparto (con retención del 19 %).
- Ventas de acciones y ETFs (sin retención: la ganancia se paga entera en la Renta).
- Reembolsos de fondos de inversión (con retención de 19 % sobre la plusvalía).
- Aportaciones a planes de pensiones (para la deducción en base general).
Todo esto debería aparecer ya en tu borrador cuando lo abras en Renta Web. Pero "debería" es distinto de "lo hace siempre sin fallos". Revisa.
Qué NO declara MyInvestor (lo tienes que añadir tú)
Esto es donde se pierde dinero. Las 5 cosas que MyInvestor no resuelve aunque sea broker español:
1. FIFO global si tienes el mismo activo en otro broker
MyInvestor calcula FIFO solo sobre sus propios lotes. Si compraste Apple en DEGIRO en 2021, más Apple en MyInvestor en 2024, y vendiste Apple desde MyInvestor en 2025, MyInvestor aplica FIFO sobre lo que tiene. Pero la AEAT exige FIFO global por ISIN. Los primeros lotes vendidos fiscalmente son los de DEGIRO de 2021, aunque físicamente salgan desde MyInvestor.
Resultado: el precio de adquisición que te da MyInvestor es incorrecto a efectos fiscales. Puede diferir en cientos o miles de euros.
Cómo corregirlo: consolida las operaciones de todos tus brokers por ISIN y aplica FIFO global. Profundizamos con ejemplos en compensar pérdidas cuando tienes varios brokers.
2. Dividendos extranjeros con retención en origen
Si has recibido dividendos de empresas americanas, alemanas o de cualquier país no español a través de MyInvestor, la retención en origen (15 % USA con W-8BEN ya tramitado, 26,375 % en Alemania, etc.) no siempre se refleja correctamente en el borrador. Tienes que verificar que en la casilla 0588 (deducción por doble imposición internacional) aparece el importe retenido en origen hasta el límite del 15 % del convenio.
MyInvestor incluye el W-8BEN tramitado automáticamente para acciones USA, lo que reduce la retención USA al 15 % en origen. Pero revísalo: si la casilla 0588 está a 0 € y sí cobraste dividendos USA, falta aplicarla. Guía ampliada en dividendos de DEGIRO y Trade Republic en la Renta 2025 (el mecanismo es idéntico para MyInvestor).
3. Pérdidas pendientes de años anteriores
Hacienda no aplica automáticamente las pérdidas de años anteriores. Las tienes que meter tú en el Anexo C.3 del Modelo 100. Si tienes pérdidas patrimoniales pendientes de 2021, 2022, 2023 o 2024, aplícalas.
Las de 2021 son la última oportunidad: prescriben con esta campaña. Detalle completo en compensar pérdidas con ganancias en la Renta 2025.
4. Ventas afectadas por la regla de los 2 meses
Si vendiste un activo con pérdidas y recompraste el mismo ISIN (o uno homogéneo) en los 2 meses anteriores o posteriores (1 año para no cotizados), no puedes computar esa pérdida en la Renta 2025. MyInvestor no detecta esto por ti — tú tienes que marcarlo en Renta Web.
Detalle en la regla de los 2 meses en IRPF.
5. Operaciones en otros brokers extranjeros (CRS)
Si además de MyInvestor tienes DEGIRO, Trade Republic con IBAN alemán, IBKR o Trading 212, las operaciones allí no salen en el borrador. El borrador solo ve lo de MyInvestor y otros brokers españoles. Todo lo demás lo declaras tú manualmente. Si no lo haces, Hacienda puede cruzar datos vía CRS (intercambio automático internacional) y hacerte paralela.
Checklist completo multi-broker en los 12 puntos a revisar del borrador.
Los 4 productos de MyInvestor: casillas y tratamiento
Cada producto de MyInvestor tributa distinto. Te resumimos los 4 casos con casillas exactas del Modelo 100.
Fondos de inversión
Ventaja fiscal clave: los traspasos entre fondos no tributan. Solo tributas al reembolsar definitivamente.
- Traspasos entre fondos (de MyInvestor a MyInvestor, o incluso a otra comercializadora): sin tributación. Diferimiento fiscal puro.
- Reembolso de fondo (venta definitiva para recuperar el dinero): genera ganancia o pérdida patrimonial. Se declara en el apartado del Modelo 100 correspondiente a "Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones de Instituciones de Inversión Colectiva (IIC)". Las casillas exactas las genera Renta Web al cargar los datos automáticos de MyInvestor.
- Cálculo: valor de reembolso − valor de adquisición. FIFO si hay varios lotes del mismo fondo.
- Retención: MyInvestor aplica 19 % directamente sobre la plusvalía en el reembolso, como pago a cuenta. La tributación final en Renta dependerá del tramo de la base del ahorro.
Acciones (desde 2023)
MyInvestor comercializa acciones desde enero de 2023. Tributan como cualquier acción:
- Ventas con plusvalía o minusvalía: casillas 0327-0328 (ganancias patrimoniales por transmisión de acciones negociadas).
- Dividendos cobrados: casilla 0029 (rendimientos del capital mobiliario), en importe bruto. Con retención en casilla 0588 si son dividendos extranjeros.
- FIFO: obligatorio por ISIN. Si tienes acciones en varios brokers, FIFO global (ver sección de arriba).
- Retención: al vender acciones no hay retención, ni con ganancia ni con pérdida. La ganancia patrimonial se liquida entera en la Renta según el tramo que te corresponda en la base del ahorro.
ETFs
Los ETFs tributan como acciones en España (no como fondos), aunque sean técnicamente fondos cotizados:
- Cada venta tributa, aunque reinviertas en otro ETF. No hay traspaso fiscalmente neutro.
- Sin retención al vender: a diferencia del reembolso de un fondo, la venta de un ETF no lleva retención del 19 %. La ganancia se paga en la Renta.
- Casillas: igual que acciones, 0327-0328 en el apartado de acciones negociadas.
- FIFO: obligatorio por ISIN.
- Atención con UCITS: ETFs UCITS europeos tributan igual que ETFs americanos (no hay distinción fiscal en España).
Si operas ETFs con MyInvestor, especialmente si haces rebalanceo o cambias de ETF en el año, revisa: cómo declarar ETFs en la Renta 2025.
Planes de pensiones
Aquí cambia la base fiscal. Los planes de pensiones no entran en la base del ahorro, sino en la base general:
- Aportaciones: reducen la base imponible general, con límite anual de 1.500 € (aportaciones individuales) + 8.500 € adicionales si vienen de contribuciones empresariales a un plan de empleo (con los coeficientes establecidos por Ley). Apartado correspondiente de aportaciones a planes de pensiones en el Modelo 100.
- Rescate (cuando llega el momento): tributa como rendimiento del trabajo en la base general (no en la base del ahorro). Puede haber reducciones específicas si el rescate es en forma de capital y el plan tiene aportaciones anteriores a 31/12/2006 (reducción del 40 % con condiciones).
- Novedad 2025: desde el 1 de enero de 2025 es posible rescatar aportaciones a planes de pensiones con antigüedad mínima de 10 años, sin necesidad de justificar una contingencia específica (jubilación, invalidez, etc.). En 2026 podrán rescatarse las aportaciones realizadas en 2016 o anteriores.
- No tributas mientras no rescates.
Si tienes varios planes, aportaciones históricas y dudas sobre el rescate, este tema escapa al alcance del artículo — conviene consultar con un asesor fiscal colegiado.
Caso multi-broker: lo que casi nadie explica
El escenario frecuente: tienes MyInvestor + DEGIRO + Trade Republic (o cualquier combinación). Acciones o ETFs del mismo ISIN repartidos.
Qué pasa en el borrador:
- MyInvestor vuelca sus datos a la AEAT → aparecen en el borrador.
- DEGIRO / TR con IBAN alemán / IBKR → no aparecen en el borrador (los declaras tú).
- TR con IBAN español (segundo semestre 2025) → sí aparece, pero con posibles errores de clasificación.
El error más caro:
Cuando vendes desde uno de los brokers, cada broker calcula FIFO solo sobre sus lotes. Si tu activo más antiguo está en DEGIRO (2021) y MyInvestor vende participaciones de ese ISIN en 2025, MyInvestor aplica FIFO sobre lo que él tiene (lote de 2024). Hacienda exige FIFO global: lo vendido fiscalmente son las participaciones de 2021 en DEGIRO, aunque físicamente salgan de MyInvestor.
Resultado: el precio de adquisición calculado por MyInvestor es erróneo a efectos fiscales. Y si la venta fue un reembolso de fondos, la retención del 19 % que aplicó sobre "su" plusvalía también parte de esa cifra equivocada; la diferencia se regulariza en la Renta.
Checklist rápido antes de aceptar el borrador
Si solo tienes MyInvestor y cuentas remuneradas, puede que el borrador sea correcto al 100 %. Revísalo igual.
Si además tienes cualquier otro broker, o dividendos extranjeros, o operaciones complejas, pasa por estos 6 puntos antes de aceptar:
- Informe fiscal anual de MyInvestor descargado y comparado con el borrador.
- FIFO global si tienes el mismo ISIN en varios brokers.
- Dividendos extranjeros revisados: casilla 0029 (bruto) y 0588 (deducción doble imposición).
- Pérdidas pendientes de años anteriores cargadas en Anexo C.3.
- Regla de los 2 meses marcada en cada venta con pérdida + recompra rápida.
- Operaciones en otros brokers añadidas manualmente.
Checklist ampliado y estructurado en los 12 puntos a revisar del borrador.
Preguntas frecuentes
¿MyInvestor informa a Hacienda?
Sí. Como entidad española, MyInvestor comunica a la AEAT tus intereses, dividendos, ventas de acciones y ETFs y reembolsos de fondos, con sus retenciones, y por eso aparecen precargados en el borrador de la Renta. Lo que no comunica es lo que tienes en otros brokers, y su cálculo de la plusvalía solo usa sus propios lotes: si tienes el mismo valor en otro sitio, revisa el FIFO global.
¿Tengo que presentar Modelo 720 por mis activos en MyInvestor?
No. MyInvestor es un broker español y sus activos no cuentan para el Modelo 720, aunque superen los 50.000 €. Los activos que superen ese umbral en brokers extranjeros (DEGIRO, IBKR, Trade Republic con IBAN alemán hasta su migración) sí obligan al 720.
¿MyInvestor retiene el 19 % automáticamente al vender?
Depende de lo que vendas. Al reembolsar fondos de inversión, sí: retiene el 19 % de la plusvalía (no del importe total) como pago a cuenta. Al vender acciones o ETFs no hay retención: la ganancia se paga entera en la Renta. Con pérdida nunca hay retención. Si tienes lotes antiguos del mismo valor en otros brokers, la retención del reembolso puede estar calculada sobre una plusvalía que no es la fiscal (ver la sección de FIFO global).
¿Puedo traspasar fondos de inversión entre MyInvestor y otra comercializadora sin tributar?
Sí, siempre que sean fondos de inversión tradicionales (no ETFs, no acciones). El traspaso entre comercializadoras mantiene el diferimiento fiscal. La fecha de adquisición original y el precio se conservan.
¿Cuándo está disponible el informe fiscal anual de MyInvestor?
Suele estar disponible a partir de principios de abril, antes del arranque de la campaña Renta (8 de abril). En "Mis Documentos" → "Otros" aparecerá como "Información Fiscal 2025" o similar.
¿Los ETFs de MyInvestor cuentan como fondos para el diferimiento?
No. Los ETFs tributan como acciones en España: cada venta tributa aunque reinviertas. Solo los fondos de inversión tradicionales se benefician del traspaso fiscalmente neutro.
¿Qué pasa con mi plan de pensiones si vengo traspasado de otra entidad?
El traspaso entre planes de pensiones (de otra entidad a MyInvestor o entre planes dentro de MyInvestor) no tributa. Solo tributa cuando rescatas, como rendimiento del trabajo en la base general.
¿Micartera soporta la importación de MyInvestor?
Sí, mediante el modo personal. Los 5 brokers con auto-detección (DEGIRO, Trade Republic, Trading 212, Interactive Brokers e ING) se importan de un clic. Para MyInvestor, al subir el CSV eliges "modo personal" en el selector de broker y mapeas las columnas de tu archivo (fecha de operación, ticker o ISIN, cantidad, precio, tipo BUY/SELL/DIVIDEND, comisión). Lo haces una sola vez y las siguientes importaciones del mismo formato se procesan igual. Combinado con los otros brokers, micartera aplica FIFO global por ISIN sobre todos ellos a la vez.
En resumen
- MyInvestor es broker español: informa a Hacienda automáticamente y retiene el 19 % en intereses, dividendos y reembolsos de fondos (no al vender acciones o ETFs). Base del borrador correcta salvo las omisiones típicas.
- Los 4 productos (fondos, acciones, ETFs, planes pensiones) tributan distinto: fondos con diferimiento, acciones y ETFs como acciones en el momento de la venta, planes en base general.
- No se genera Modelo 720 por activos en MyInvestor.
- 5 cosas que tienes que añadir tú: FIFO global si hay varios brokers, dividendos extranjeros (0588), pérdidas pendientes (Anexo C.3), regla 2 meses, operaciones en otros brokers.
- Casillas clave: 0027 intereses cuenta, 0029 dividendos, 0327-0328 ventas acciones y ETFs cotizados, apartado IIC para reembolsos de fondos, 0588 doble imposición, Anexo C.3 pérdidas pendientes.
Recursos relacionados
- Checklist del borrador Renta 2025 para inversores — 12 puntos a revisar antes de aceptar.
- Compensar pérdidas con varios brokers — si tienes el mismo ISIN en MyInvestor + otro.
- La regla de los 2 meses en IRPF — norma antiaplicación.
- Declarar ETFs en la Renta 2025 — profundización del punto de ETFs.
- Dividendos extranjeros en la Renta — mecanismo doble imposición.
- Compensar pérdidas con ganancias (guía base) — reglas del 25 % y arrastre 4 años.
- Guía panorámica de casillas IRPF — todas las casillas explicadas.
Este artículo es divulgativo y está basado en la normativa fiscal vigente a la fecha de publicación (Ley 35/2006 del IRPF; Ley 7/2024 que modifica el tramo del 30 % aplicable desde 2025; Manual Práctico IRPF 2024 de la AEAT). No constituye asesoramiento fiscal personalizado. Para casos complejos (rescate de planes de pensiones, volúmenes altos, múltiples comercializadoras con traspasos históricos) consulta con un asesor fiscal colegiado.