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Cómo declarar ETFs en la Renta 2025: FIFO, casillas y errores más comunes

Guía práctica para declarar ETFs en la Renta 2025 si haces DCA mensual en Trade Republic, Revolut o DEGIRO. Casillas exactas, cálculo FIFO con muchos lotes y la regla de los dos meses aplicada a planes de ahorro automáticos.

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Los ETFs tributan igual que las acciones en España. No existe la ventaja fiscal del traspaso que sí tienen los fondos de inversión: cada venta de un ETF es un evento fiscal que tienes que declarar, aunque al día siguiente recompres exactamente el mismo ETF. Y si llevas un plan de ahorro mensual en un indexado mundial tipo MSCI World o S&P 500 a través de Trade Republic o Revolut (que permiten aportaciones recurrentes automáticas en ETFs), o un DCA mensual manual en DEGIRO, el cálculo del FIFO se te complica muy rápido: una aportación al mes durante tres años son 36 lotes distintos, cada uno con su fecha y su precio. Este artículo te explica paso a paso cómo declararlos, qué casillas usar y dónde está metiendo la pata casi todo el mundo este año.

ETFs y fondos de inversión: la diferencia fiscal que lo cambia todo

Mucha gente los mete en el mismo saco y es un error. En España los fondos de inversión tienen un régimen privilegiado: puedes traspasar participaciones de un fondo a otro sin que se considere una venta, arrastrando el coste de adquisición original y sin tributar nada hasta el reembolso final. Esto permite rebalancear la cartera o cambiar de gestora sin pasar por caja.

Los ETFs no tienen este régimen. Cotizan en mercado secundario como una acción, y por eso cada venta, aunque la hagas para recomprar el mismo ETF en otro broker o en otra cuenta, es una venta fiscal. Tributa por la ganancia o pérdida patrimonial generada.

Esto es especialmente relevante si rebalanceas tu cartera indexada una vez al año. En un fondo lo haces sin coste fiscal. En un ETF cada rebalanceo te deja una factura con Hacienda. No es un detalle: es la diferencia clave que debes tener clara antes de decidir si construyes tu cartera con fondos o con ETFs.

Casillas exactas: dónde van los ETFs en la Renta 2025

Este es el punto donde más gente se equivoca, especialmente los que están empezando. Los ETFs no van donde muchos creen.

  • Casilla 328 — ganancias y pérdidas patrimoniales por transmisión de acciones o participaciones negociadas. Aquí van las ventas de ETFs. Se declaran igual que una acción: fecha de compra, fecha de venta, valor de adquisición y valor de transmisión. La ganancia o pérdida tributa al tipo del ahorro (19-28% en 2025 según tramo).
  • Casilla 031 — rendimientos del capital mobiliario. Aquí NO van las ventas de ETFs. Sí van los dividendos si tu ETF es de distribución.
  • Deducción por doble imposición internacional — solo aplica si has sufrido una retención extranjera real. Atención a un detalle que poca gente tiene claro: los ETFs UCITS domiciliados en Irlanda o Luxemburgo no aplican retención en origen sobre las distribuciones al inversor final. Es la razón por la que la mayoría de ETFs europeos se domicilian allí. Si cobras un dividendo de un ETF irlandés, la única retención es la española del 19% que te practica el broker (o la que practique el broker extranjero en su país, que es otro tema). Solo tendrás retención extranjera real que reclamar si inviertes en ETFs domiciliados en EEUU (15% típicamente) u otras jurisdicciones con convenio y withholding en origen.

Una distinción adicional que conviene aclarar:

  • ETF de acumulación: reinvierte los dividendos internamente. No tributas año a año por los dividendos, solo cuando vendas las participaciones. Es el formato preferido por la mayoría de indexados.
  • ETF de distribución: reparte dividendos en efectivo. Cada dividendo es un rendimiento del capital mobiliario del año en que se cobra, y se declara en el apartado de rendimientos del capital mobiliario con su retención española incluida. Cuando vendas las participaciones, la plusvalía va aparte en la casilla 328.

Si tu ETF es de acumulación, solo tienes un tipo de hecho imponible: la venta. Si es de distribución, tienes dos: los dividendos anuales y la venta.

El FIFO con DCA mensual: por qué se complica de verdad

La mecánica FIFO es simple en teoría: cuando vendes, los costes de adquisición que se imputan son los de las compras más antiguas, hasta completar la cantidad vendida. En la práctica, con un DCA mensual, se convierte en un rompecabezas.

Imagina una aportación mensual de 200 € al ETF iShares Core MSCI World desde enero de 2023. Estos son los primeros meses:

FechaPrecio/participaciónParticipacionesImporte
15/01/202376,40 €2,618200,00 €
15/02/202378,10 €2,561200,00 €
15/03/202374,80 €2,674200,00 €
15/04/202379,25 €2,524200,00 €
............
15/12/202494,60 €2,114200,00 €

A diciembre de 2024 llevas 24 lotes acumulados con unas 60 participaciones totales. En marzo de 2025 vendes 20 participaciones para pagar la entrada de un coche.

El FIFO exige imputar esas 20 participaciones vendidas a los lotes más antiguos:

  1. Los 2,618 del lote de enero 2023 al precio de 76,40 €.
  2. Los 2,561 del lote de febrero 2023 al precio de 78,10 €.
  3. Los 2,674 del lote de marzo 2023 al precio de 74,80 €.
  4. ... y así sucesivamente, hasta completar las 20 participaciones.

Sumando los primeros cuatro lotes llevas 10,377 participaciones. Para completar las 20 participaciones vendidas vas a consumir alrededor de 7-8 lotes completos más una fracción del siguiente, dependiendo de los precios exactos de los meses intermedios. El coste de adquisición total es la suma ponderada de todos esos lotes, no el precio medio de toda la cartera multiplicado por 20. Los dos números son distintos, y si usas el precio medio estás declarando mal.

Por qué el informe del broker no te sirve tal cual

DEGIRO te da un informe anual con tus operaciones y un resumen de resultados, y Trade Republic hace algo parecido. Ninguno de los dos te entrega la declaración lista para copiar en Renta Web. Problemas típicos:

  • El informe del broker usa criterios de coste propios (a veces FIFO, a veces precio medio ponderado) que no coinciden con lo que exige Hacienda.
  • Las comisiones a veces están incluidas en el coste de adquisición y otras veces no, y tienes que revisarlo.
  • Las ventas con pérdidas a veces directamente no aparecen en el borrador de Hacienda aunque sí estén en el informe del broker.
  • Si has cambiado de broker o has hecho un traspaso de cartera, el coste de adquisición original puede estar mal o ser cero.

Es decir: el informe del broker es un punto de partida, no la declaración final.

La regla de los 2 meses en ETFs: la trampa del DCA

En ETFs aplica igual que en acciones. Si vendes un ETF con pérdida y en los dos meses anteriores o posteriores has recomprado o recompras valores homogéneos, esa pérdida no es deducible en el ejercicio de la venta. Se integra progresivamente a medida que vayas vendiendo las participaciones recompradas que permanezcan en tu patrimonio, en la proporción que corresponda a cada venta posterior.

"Valor homogéneo" en ETFs significa el mismo ISIN. Dos ETFs de MSCI World de distintas gestoras no son homogéneos entre sí (tienen ISINs distintos). Un ETF de acumulación y su versión de distribución tampoco (también tienen ISIN distinto).

El problema con los planes de ahorro automáticos es obvio: si tienes un plan mensual activo en el ETF que vendes, cualquier aportación automática en los dos meses posteriores activa la regla y te anula la deducción. Y también las aportaciones de los dos meses anteriores.

Ejemplo concreto. Tienes un plan de 300 € al mes en el iShares Core S&P 500 (ISIN IE00B5BMR087). En septiembre de 2025 vendes 15 participaciones con una pérdida de 400 €. Pero tu plan ha hecho aportaciones en julio, agosto y septiembre, y va a hacer otra en octubre. Esas cuatro aportaciones caen dentro de la ventana de 2 meses.

Un matiz importante que casi nadie cuenta bien: la regla aplica en proporción a las participaciones recompradas, no al 100% automáticamente. Si cada aportación mensual te compra 0,5 participaciones, las cuatro aportaciones suman 2 participaciones. La pérdida bloqueada es la proporción correspondiente a esas 2 sobre las 15 vendidas: (2/15) × 400 € ≈ 53 €. El resto (347 €) sí es deducible este ejercicio. Los 53 € bloqueados no se suman al coste de adquisición de los lotes recomprados: quedan diferidos como pérdida patrimonial y se imputan en el ejercicio en el que vendas las participaciones recompradas que sigan en tu patrimonio.

Si las recompras hubieran cubierto las 15 participaciones vendidas (por ejemplo porque hicieras una recompra grande discrecional en esa ventana), entonces sí toda la pérdida quedaría bloqueada.

La solución práctica si vas a materializar pérdidas: pausa el plan de ahorro al menos dos meses antes y no lo reactives hasta que hayan pasado dos meses desde la venta. Es la única forma de materializar la pérdida de manera limpia.

Los 5 errores más comunes este año

  1. Meter las ventas de ETFs en la casilla 031 en vez de la 328. La 031 es para intereses y dividendos. Las ventas van en la 328, sí o sí.
  2. No declarar las ventas con pérdidas. Pensar que si el broker no las ha volcado en el borrador, no hay que declararlas. Mal: las pérdidas se declaran igual, compensan con ganancias patrimoniales del ejercicio, y si queda saldo negativo se puede cruzar parcialmente con rendimientos del capital mobiliario (hasta el 25% del saldo positivo) y arrastrar lo que siga sin compensar 4 ejercicios.
  3. FIFO mal calculado mezclando lotes. Usar el precio medio de toda la cartera en lugar del coste real de los primeros lotes vendidos. Muy común en carteras con DCA largo.
  4. No distinguir ETF de acumulación de ETF de distribución. Los dividendos del de distribución se declaran año a año, aunque no los retires. El de acumulación solo tributa en la venta.
  5. Tratar el ETF como un fondo. Pensar que al recomprar el mismo ETF al día siguiente no pasa nada fiscalmente. Pasa: la venta tributa y encima puede activar la regla de los 2 meses si hubo pérdida.

Cómo declarar un ETF paso a paso

  1. Descarga el CSV o el informe anual de tu broker con todas las operaciones del ejercicio.
  2. Identifica todas las compras del mismo ETF por ISIN. Mismo ISIN = mismo valor homogéneo. No mezcles ETFs distintos aunque repliquen el mismo índice.
  3. Ordena las compras por fecha, de la más antigua a la más reciente. Ese es el orden en el que se consumen para el FIFO.
  4. Para cada venta del ejercicio, aplica FIFO: imputa la cantidad vendida a los lotes más antiguos que aún estén vivos, hasta completar la cifra vendida. Si un lote se consume parcialmente, arrastra la fracción restante para la siguiente venta.
  5. Calcula la ganancia o pérdida por cada venta: (valor de transmisión − comisiones de venta) − (valor de adquisición + comisiones de compra proporcionales).
  6. Introduce cada venta en la casilla 328 con sus cuatro datos: fecha de compra del lote FIFO, fecha de venta, valor de adquisición y valor de transmisión. Si una venta se reparte en varios lotes FIFO, declara una línea por lote.
  7. Si el ETF es de distribución, añade los dividendos cobrados en la casilla de rendimientos del capital mobiliario y la retención española aplicada. Solo si el ETF está domiciliado en un país con retención en origen real (no el caso de Irlanda o Luxemburgo para UCITS) aplica deducción por doble imposición internacional hasta el límite del convenio.
  8. Revisa la regla de los 2 meses en cada venta con pérdida: si en los dos meses anteriores o posteriores hubo compras del mismo ISIN (automáticas o manuales), bloquea la pérdida en proporción a las participaciones recompradas dentro de esa ventana. Esa fracción de pérdida queda diferida y se imputa en el ejercicio en que vendas las participaciones recompradas que permanezcan en tu patrimonio (no se suma al coste de adquisición).

Cierre

El FIFO de un ETF con DCA mensual es mecánico, pero con 24, 36 o 60 lotes en juego la hoja de cálculo empieza a descuadrar. Puedes hacerlo a mano si tienes paciencia y cuidado, o puedes importar el CSV de tu broker en micartera.app — aplica el FIFO lote a lote automáticamente, detecta las ventas afectadas por la regla de los 2 meses y genera un informe con las casillas exactas del modelo 100 listas para copiar en Renta Web.

¿Usas DEGIRO, Trade Republic o Interactive Brokers? micartera calcula el FIFO, aplica la regla de los 2 meses y genera tu informe IRPF automáticamente.

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